Clase No 1
Primera Revolución Industrial:
La revolución industrial fue un movimiento tecnológico y científico que permitió al ser humano entrar en posesión de nuevos medios y elementos, que hicieron más viable la producción, el desarrollo y superación cultural y económica del hombre y de la sociedad en general.
Causas:
La Monarquía Parlamentaria: la burguesía con más poder económico logra la Declaración de los Derechos (Bill of Rights) que permitieron la supremacía del parlamento sobre la monarquía à mayor participación en las decisiones de gobierno en la vida política.
Suficiencia de recursos y mano de obra : Inglaterra tiene suficiencia y la disponibilidad de materias primas, obtenidas de Norteamérica. El enclosure o ley de cercamiento determinó el proceso de expulsión de los campesinos de sus tierras, sin trabajo y siendo desplazados hacia las urbes crearon sobreoferta de empleo y mano de obra barata.
Control del comercio mundial: Inglaterra controlaba el comercio a través de las Actas de Navegación y Comercio, que aseguran la exclusividad de los navíos ingleses del comercio de maderas .
Segunda Revolución Industrial:
La Segunda Revolución Industrial, se inició a mediados del siglo XIX (c. 1850 - 1970), fue una segunda fase de la Revolución Industrial, implica una serie de desarrollos dentro de la industria química, eléctrica, de petróleo y de acero.
Tipos de organizaciones y gestión:
Papeles bien definidos para todos en torno a la nueva institución social que es la fábrica.
Aparición primeras multinacionales.
Necesidad de organizar el trabajo de manera “científica” , selección del trabajador que mejor se adapta a las tareas, adiestramiento y preparación para sus tareas. Ayuda entre dirigentes y mano de obra.
Tipos de producción:
Estudio para determinar sucesión de movimientos y operaciones. Estructura funcional dividiendo tareas – directrices jerarquizada y lineal.
Motivación al trabajador por medio de: Tareas bien definidas. Premio inmediato si alcanza los objetivos. Entender que el trabajador se mueve por intereses personales antes que colectivos.
Principios de autoridad, disciplina y seguimiento de normas.
Clase No 1
Primera Revolución Industrial:
La revolución industrial fue un movimiento tecnológico y científico que permitió al ser humano entrar en posesión de nuevos medios y elementos, que hicieron más viable la producción, el desarrollo y superación cultural y económica del hombre y de la sociedad en general.
Causas:
La Monarquía Parlamentaria: la burguesía con más poder económico logra la Declaración de los Derechos (Bill of Rights) que permitieron la supremacía del parlamento sobre la monarquía à mayor participación en las decisiones de gobierno en la vida política.
Suficiencia de recursos y mano de obra : Inglaterra tiene suficiencia y la disponibilidad de materias primas, obtenidas de Norteamérica. El enclosure o ley de cercamiento determinó el proceso de expulsión de los campesinos de sus tierras, sin trabajo y siendo desplazados hacia las urbes crearon sobreoferta de empleo y mano de obra barata.
Control del comercio mundial: Inglaterra controlaba el comercio a través de las Actas de Navegación y Comercio, que aseguran la exclusividad de los navíos ingleses del comercio de maderas .
Segunda Revolución Industrial:
La Segunda Revolución Industrial, se inició a mediados del siglo XIX (c. 1850 - 1970), fue una segunda fase de la Revolución Industrial, implica una serie de desarrollos dentro de la industria química, eléctrica, de petróleo y de acero.
Tipos de organizaciones y gestión:
Papeles bien definidos para todos en torno a la nueva institución social que es la fábrica.
Aparición primeras multinacionales.
Necesidad de organizar el trabajo de manera “científica” , selección del trabajador que mejor se adapta a las tareas, adiestramiento y preparación para sus tareas. Ayuda entre dirigentes y mano de obra.
Tipos de producción:
Estudio para determinar sucesión de movimientos y operaciones. Estructura funcional dividiendo tareas – directrices jerarquizada y lineal.
Motivación al trabajador por medio de: Tareas bien definidas. Premio inmediato si alcanza los objetivos. Entender que el trabajador se mueve por intereses personales antes que colectivos.
Principios de autoridad, disciplina y seguimiento de normas.
CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD
La agencia Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S, identificada con Registro Nacional de Turismo número No - 24655, en su calidad de viajes Agencia de Viajes y Turismo, así como todas sus agencias y sucursales, está sujeta al régimen de responsabilidad que establece la ley 300/96, D. R. 1075/97, Decreto 2438 de 2010 y demás decretos reglamentarios. La responsabilidad del organizador de este plan o paquete turístico se limita a los términos y condiciones del programa en relación con la prestación y calidad de los servicios.
Así mismo, toda responsabilidad y gastos extras por retrasos, huelgas, asonadas, terremotos o demás circunstancias de fuerza mayor; así como por cualquier pérdida, accidente o irregularidad que pudiera ocurrir a los pasajeros y sus pertenencias, cuando estos sean motivados por terceros y por lo tanto ajenos al control del operador y sus afiliados. Igualmente, Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S. se exonera de cualquier perjuicio por modificación o retraso en los trayectos aéreos que se incluyan en los diferentes programas.
Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S., no asume responsabilidad alguna frente al usuario o viajero por el servicio de transporte aéreo, salvo que se trate de vuelos fletados y de acuerdo con lo especificado en el contrato de transporte. La prestación de tal servicio se rige por las normas legales aplicables al servicio de transporte aéreo. Los eventos tales como retrasos o modificaciones imprevistas en los horarios de los vuelos dispuestos por las aerolíneas, los derechos del usuario y los procedimientos para hacer efectivas las devoluciones de dinero a que estos hechos den lugar, se regirán por las disposiciones legales pertinentes y en particular por las contenidas en el Reglamento Aeronáutico Colombiano (R.A.C).
Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S. se reserva el derecho de hacer cambios en itinerarios, fechas de viajes, establecimientos hoteleros, transportadores y otros servicios necesarios para garantizar el éxito de sus servicios.
Las políticas de reembolso de los servicios no prestados en razón a situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, acción u omisión de terceros o del pasajero, no atribuibles a la agencia de viajes, antes o durante el viaje, que puedan ser objeto de devolución, serán definidas por cada operador y las mismas serán confirmadas al usuario una vez se reserven y expidan los documentos de viaje, así como los porcentajes de penalidades o deducciones a que hubiere lugar. Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S. No es responsable solidario por las sumas solicitadas en reembolso. Los reembolsos a que hubiere lugar, se realizaran dentro de los 30 días calendario siguiente a la solicitud. No obstante en caso que el trámite tome más tiempo por causas ajenas a Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S. , ésta no reconocerá ningún interés sobre las sumas a reembolsar. El porcentaje de reembolso dependerá de las condiciones del proveedor y de los gastos de administración de la agencia.
Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S. no se hace responsable frente a los asuntos legales u otros inconvenientes en que pueda verse involucrado un pasajero o turista en caso que éste se vea obligado a retirarse de la excursión o plan turístico por faltas de carácter moral, disciplinarias o legales y, así mismo, frente a los gastos personales en que el mismo incurra.
Del mismo modo, la agencia de viajes no se hace responsable con relación al equipaje del pasajero y el contenido de éste, ni tampoco de cualquier objeto que lleve consigo, puesto que los mismos son responsabilidad exclusiva del turista.
El usuario de servicios turísticos, deberá presentar la documentación que la autoridad exija (cédula de ciudadanía para los adultos y registro civil de nacimiento o tarjeta de identidad para los menores). La omisión de este requisito exonera a Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S. de cualquier reclamación económica que presente la persona involucrada en los incidentes que tal conducta pueda generar desde el punto de vista de la realización del plan turístico.
Para algunos viajes nacionales e internacionales tanto el pasajero adulto como el menor de edad deben portar carné de vacunación. Antes de viajar, consulte las exigencias sobre vacunación al asesor de reservas.
Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S. Está comprometida con el código de conducta contra la explotación y violencia sexual infantil y en cumplimiento de los artículos 16 y 17 de la Ley 679 de 2001 y la Ley 1336 de 2009. ADVIERTE sobre las consecuencias legales de la explotación y abuso sexual de menores de edad.
De igual manera, Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S., en desarrollo de su actividad, tiene en cuenta lo establecido en la Ley 1480 de 2011 “Estatuto de Protección al Consumidor”.
Así mismo, Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S., cumple con lo ordenado por la legislación laboral colombiana (incluyendo los tratados internacionales que sobre la materia se han ratificado por el gobierno colombiano), en consecuencia opta y apoya la Libre elección de empleo, y no ejerce prácticas trabajo forzado, ni de discriminación y rechaza toda práctica relacionada con el trabajo infantil.
Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S., para desarrollar sus actividades comerciales, NO efectúa, ni realiza actos restrictivos de la competencia, tales como: Actos de desviación de la clientela, actos de confusión, actos de engaño, actos de descrédito, actos de imitación, y en general cualquier conducta que afecte la libre competencia; por el contrario Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S., realiza sus actividades comerciales, ciñéndose a la ley y a los principios de las buenas prácticas comerciales, actuando siempre con la ética y la responsabilidad que los negocios, nuestros clientes y la normatividad vigente exigen.
La agencia de viajes Viajes Mar Negocios y Turismo S.A.S., para el cobro de la Tarifa Administrativa por la emisión de todo tiquete aéreo, se rige por lo dispuesto en la resolución 3596 de 2006, expedida por la aeronáutica Civil, en donde se indica que los valores cobrados por este concepto se incrementarán cada año de acuerdo con el incremento del IPC reportado por el DANE o por la autoridad correspondiente.
El cliente y/o la agencia declara que conoce y acepta en su integridad estas condiciones, las cuales constituyen el acuerdo único, total y excluyente de cualquier pacto o disposición legal en contrario, acerca de los términos, condiciones y restricciones de los servicios contratados.